Apertura de solicitudes para la cobertura del cargo de juez de Paz sustituto.
AYUNTAMIENTO DE CABEZÓN DE LIÉBANA
Apertura de solicitudes para la cobertura del cargo de juez de Paz sustituto.
De conformidad con los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio del Poder Judicial, corresponde al Pleno de la Corporación la elección y propuesta para su nombramiento a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de vecinos de éste municipio para ocupar el cargo de Juez de Paz sustituto.
Se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas interesadas se dirijan por medio de instancia a la Alcaldía.
Los interesados deberán reunir las condiciones previstas en los artículos 102, 302 y 389 de la L.O.P.J. de 1 de julio de 1985, del artículo 127.1 de la Constitución y del acuerdo de 6 de octubre de 1993, del Consejo General del Poder Judicial.
La instancia deberá expresar los siguientes requisitos:
-Ser español.
-Ser mayor de edad.
-No estar incurso en las causas de incapacidad que establece la Ley.
-No haber sido procesado, inculpado o condenado salvo que se haya obtenido el sobreseimiento, la abso?lución o rehabilitación.
-No concurrir las causas de incompatibilidad y prohi?bición del Capítulo II del Título II (articulo 389 al 397) de la L.O.P.J.
-No pertenecer a ningún partido político de acuerdo con el artículo 127.1 de la C.E. y articulo 395 de la L.O.P.J.
Junto a la instancia deberá presentar fotocopia del DNI.
Todas las personas que lo deseen serán informadas en las oficinas del Ayuntamiento de las condiciones precisas para obtener el cargo.
Caso de no haber solicitudes el pleno lo elegirá libremente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cabezón de Liébana, 16 de septiembre de 2009. El alcalde, Manuel Heras Gómez.
Descripción breve:
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